lunes, diciembre 14, 2009

Laicidad

Teodoro Rentería Arróyave

Desde hace mucho tiempo insistimos en llamar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación: “la suprema”, así con minúsculas por su desempeño y referencia a aquella marca de veladora corriente que jamás podía sostener su flama, ahora en un estupendo reportaje de primera plana de El Universal, no sólo se coincide sino además afirma la percepción de que el supremo tribunal en los últimos 10 años, 9 de gobiernos panistas y el primero en la preparación de la entronización de la derecha, no ha podido o no ha querido sostener la flama de la verdad jurídica.

Aunado a lo anterior, se ha presentado una propuesta para que quede perfectamente determinado el carácter laico de la Constitución que nos rige. En ese sentido es posible que estemos en el tiempo de que el Constitucionalista Permanente, formado por el Congreso de la Unión y todos los congresos de los estados, entre a una profunda revisión de la Carta Magna para evitar que criterios totalmente dispares y hasta contrarios sean la marca del trabajo del pleno de la Corte.

Y dentro de esos cambios sustanciales, buscar otros mecanismos para el nombramiento de los togados; el actual está rebasado o mejor dicho agotado. Nos es posible que de acuerdo al presidente en turno se diseñe el criterio ideológico y en ocasiones hasta religioso del máximo tribunal del país y que en esa forma se determine la lógica en las sentencias.

El Gran Diario de México, en base a su investigación y a los criterios emitidos por juristas y analistas, explica que “la suprema” se ha inclinado a defender y solucionar los conflictos políticos generados entre las autoridades en todos los niveles del país, a costa de relegar los juicios relacionados con la protección de los derechos de la población.

De la mayor importancia la posición del diputado priísta César Augusto Santiago al proponer que el carácter laico del Estado quede plenamente establecido en la Constitución, pues “ninguna religión o convicción particular debe dominar el poder civil ni las instituciones”.

El legislador dijo que en un país laico se debe garantizar que el orden político tenga la libertad para elaborar normas colectivas, por lo que propone las reformas correspondientes a los artículos 40, 108 y 130 de la Constitución, para que es esa forma no se violente la normatividad que establece que en “la laicidad, la legitimidad del Estado deviene de la soberanía popular”.

En el trabajo de El Universal, cuando menos destacan cuatro casos en que la Corte ha dictado en diferentes fechas sentencias encontradas y contradictorias sobre la despenalización del aborto, sobre las extradiciones de delincuentes, sobre cuestiones electorales y sobre los tratados internacionales.

Lo dicho: lo que procede es que el Constituyente Permanente lleve a cabo a profundidad las reformas constitucionales, fundamentalmente en lo que se refiere al carácter laico del Estado, en esa forma, cuando ya no existan vacios ni lagunas en la ley, dejaríamos de estar a expensas del criterio ideológico y a veces hasta religioso tanto del Poder Ejecutivo como el Poder Judicial. Hay que hacerlo y sin retraso, es por el bien del país.

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